Modificaciones ley de Salud Mental ingresadas al Senado de la Nación

Respecto a las modificaciones a la ley de Salud Mental 26657, según proyecto de ley del 17 de abril de 2026. Análisis de los artículos.

Artículo 1°

Cambio de la palabra padecimiento por trastorno. Aquellos que no lo tengan, según noción de quien define “qué es o qué no es un trastorno”, serían excluidas del alcance de esta ley. Este punto debe ser abarcativo en relación a que la palabra “padecimiento” engloba a todas las personas que se encuentren bajo políticas de promoción y prevención en salud mental y de otra manera serían excluidas, es decir todos los habitantes del Pueblo de la Nación Argentina.

Artículo 2°

Quita normativa directa dentro de la ley y lo convierte en una “orientación”.

Quita declaración de Caracas de la OPS y OMS y los principios de Brasilia dejando en forma de copia y pegue aquella de la ONU que remarcando la palabra “enfermo mental” de 1991 siendo un instrumento regresivo en carácter de la consideración de los derechos de las personas con discapacidad mental del 2006 que propone una definición conceptual de la discapacidad que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias o dificultades y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás con una abierta posición antidiscriminatoria, refutando aquella hecha de 1991. Además define un “largo plazo” en su definición descartando toda condición momentánea o temporalmente acotada entre otras tantas definiciones cuyo espíritu dista de la definición que el presente proyecto propone.

Artículo 3°

Incluye la palabra “tratamiento”para la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona. Confunde conceptos, no puede hablarse de tratamiento para tener derechos humanos…

Artículo 4°

Más allá del reemplazo de consumos problemático por uso, abuso y adicción, deja de lado a la población general que no tenga una “afección o trastorno del comportamiento” y sólo las adicciones entrarían en esta ley de la salud mental según define.

Artículo 5°

Cambia el tono discursivo y traslada la prohibición a priori de que la existencia de un diagnóstico en el campo de la salud mental autorice a la presunción de riesgo de daño o incapacidad más allá de una deducción a partir de una evaluación interdisciplinaria de cada situación particular en un momento determinado, a suponer excepciones diciendo “no implica necesariamente”.

Artículo 6°

Reemplaza al 8. Incluye obligatoriamente la presencia de un psiquiatra en los equipos interdisciplinario, dejando entender que puede no haber psicólogos u otros profesionales afines según defina autoridad de aplicación de acuerdo a las particularidades propias de la población y a los efectos de las evaluaciones interdisciplinarias que se requieran”

Considero que el equipo mínimo debería contar por lo menos con un/a médico/a psiquiatra o especialista en psiquiatría, un/a psicólogo/a con especialidad en psicología clínica y un/a trabajador/a social. La conformación del equipo dependerá de las características técnicas de cada dispositivo.

Siendo igualmente un ideal a alcanzar teniendo en cuenta la ausencia preponderante de psiquiatras principalmente fuera de las grandes urbes, por lo que si se ajustara a norma deberían cerrar la mayoría de los servicios.

Artículo 7°

Sustituye al 11.

El proyecto de ley no aclara en qué tipo de servicios o instalaciones deberían prestarse los servicios, lo generaliza en acciones de inclusión social, laboral y de atención en salud mental comunitaria, como sí proponía y detalla múltiples opciones la actual ley.

Artículo 8º

Sustituye al 12.

Sostiene aclaración del no uso de fármacos como posible método “cómo castigo” y elimina el contexto interdisciplinario sobre el uso de psicofármacos que podría ser confuso ya que lo aclara en otros artículos.

Introduce la palabra afección y nuevamente trastorno supliendo padecimiento.

Además la indicación y renovación de prescripción de medicamentos sólo puede realizarse a partir de las evaluaciones profesionales pertinentes y nunca de forma automática. Esto podría suponer que deberíamos darle más psicofármacos en detrimento de la frecuencia de consulta.

Artículo 9º

Sustituye al 13

Habla sobre las incumbencias e idoneidad en salud mental para asumir cargos de gestión pero no dice nada sobre la idoneidad en gestión institucional o en salud. Repite la necesidad de incumbencia ostensible.. no dice cómo, en pos de beneficiar al paciente. ¿Cuál sería el beneficio? Muy confuso está escrito, para decir que no cualquiera asumirá un cargo de gestión si no tenés título y recorrido. Las incumbencias no lo dicen y no dice concurso tampoco.

Artículo 10

Sustituye al 14 (Internaciones)

Deja implícita la necesidad de un tratamiento restrictivo como recurso terapéutico excepcional a diferencia de la actual que define que sólo se puede llevar a cabo una internación cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizables en su entorno familiar, comunitario o social.

Cambia el foco del cuidado de derechos sobre una intervención terapéutica. Sin aclarar bajo qué condiciones o en qué ámbito ideal se realizaría una adecuada internación en salud mental.

Artículo 11

Sustituye al Artículo 16

Elimina la posibilidad de que el psicólogo puede internar y debe ser necesaria si bien la firma de dos profesionales uno de ellos debe ser psiquiatra.

Nuevamente deja de lado la oportunidad de este recurso terapéutico excepcional en aquellos lugares donde no existiese psiquiatra. Pudiendo haber aclarado que sea un psicólogo con especialidad en psicología clínica.

Artículo 12

Sustituye Artículo 18

Incorpora la evaluación de juicio “capacidad judicativa alterada” como condicionante para valorar un alta voluntaria de una internación voluntaria.

Artículo 13

Sustituye al Artículo 20 (Sobre la internación involuntaria)

No aplica criterio temporal de la evaluación de riesgo de daño, podría interpretarse como Ad aeternum, volviendo al concepto de peligrosidad potencial y criterio internista poniendo el énfasis en una actitud defensiva del profesional sobre la misma, al cual reduce la responsabilidad absoluta sobre el psiquiatra, sin intermediar el equipo interdisciplinario en la decisión. Abriendo la amenaza de que si no ocurriera la internación se asumen las consecuencias disvaliosas que pudiera ocasionar si no se efectuara el mismo.

No aclara la ausencia de otra alternativa terapéutica a la misma. Y además se apoya en una característica abiertamente volátil y refutable, la ocurrencia previa de un hecho o ideación dañosos para sí o para terceros como posible apoyo de la misma. Sin aclarar dentro de qué

instancia supone el hecho o la ideación, y no como antecedente que sume al criterio clínico que debe considerarse.

Artículo 14 y 15

Incorpora un Artículo 20bis y 20ter

Contradice la anterior diciendo que en caso de haber “un solo profesional de la medicina” que no aclara cuál.. y tampoco considera otras profesiones de la salud mental, llegase a considerar el riesgo grave de daño para la vida o la integridad física de sí misma o de terceros, debe proceder a la misma y en 24 hs llamar a un equipo interdisciplinario para que evalúe. Es decir un traumatólogo tendría más potestad que un psicólogo que hace guardias especializadas hace 20 años. Tampoco se le pide condiciones de especialidad clínica a la psicología que podrían ampliar sus incumbencias en sus intervenciones.

Artículo 16

Sustituye al Artículo 21

Amplía la hora de presentación de la primera documentación sobre la internación de 10hs a 24hs y la ampliatoria queda igual en 48hs y el juez debe responder a los 3 días corridos.

Artículo 17

Sustituye al Artículo 23

Respecto a las altas, introduce “apenas cese la situación de riesgo grave de daño para la vida o la integridad física de sí misma o de terceros” bajo la responsabilidad o facultad del “equipo de salud” no aclarando quien o quienes deben firmar el alta, bajo un criterio inclusive en lo gramatical de no desaparición absoluta del riesgo. En la ley actual es más contundente al decir cesa el riesgo cierto e inminente. No incorporando ningún criterio de temporalidad sobre el riesgo dándole una amplia gama interpretativa sobre el mismo como sucede en artículo 20. Además no aclara quien debe dar el alta, siendo “el equipo de salud” un amplio criterio, siendo que reafirma la necesidad de un psiquiatra para la posibilidad de internación buscando en esto la necesidad de quien la escribe pero no afirmando de que se interna con criterio terapéutico y de seguridad para dar el alta utilizando el mínimo de tiempo necesario a tal punto.

Artículo 18

Incorpora el 23bis

Inexistente en la actual ley.

Al momento de determinar el alta de una internación involuntaria, previa evaluación del paciente, el equipo interdisciplinario puede solicitar al juez la adopción de medidas

protectorias de carácter excepcional destinadas a favorecer la continuidad y efectividad del tratamiento en forma ambulatoria, por un período que no puede exceder de SEIS (6) meses. Dichas medidas deben tener como objeto la protección de la persona, su núcleo familiar y terceros.

¿A qué tipo de medidas protectoras se refiere? de seguridad, sociales, sólo la toma de la medicación, de adherencia terapéutica, de control. ¿El paciente no podría moverse libremente, tendría restricciones legales?

Si lo que intenta es evitar la puerta giratoria de las internaciones, el criterio es muy amplio. No se especifica en qué condiciones y cuál sería el criterio clínico, si es que es factible evitarlo poniendo controles como por ejemplo ocurre en trastornos bipolares graves o adicciones. No se han podido evitar las reincidencias en violencia familiar con medidas importantes de seguridad, ¿Pero sí sería posible hacerlo con los pacientes de salud mental?

Artículo 23ter

La provisión de asistencia financiera y/o la manutención económica a un paciente con una afección o trastorno de salud mental no eximen al representante legal, cónyuge, conviviente y pariente del cumplimiento integral del deber de cuidado cuando el sujeto bajo su responsabilidad demande acompañamiento, supervisión o medidas específicas de contención para evitar situaciones de riesgo para sí o para terceros. Es obligación del representante legal, cónyuge, conviviente y pariente del paciente internado de forma involuntaria presentarse al momento del alta para formalizar la salida y firmar la documentación pertinente, que deberá adjuntarse al consentimiento del paciente”.

Deslegitima la capacidad de decisión, del derecho a vivir en la comunidad y elegir dónde y con quién vivir, de autonomía y apoyos estatales y comunitarios buscando una vida independiente dentro de sus potencialidades. Y vuelve al modelo antiguo de discapacidad no respetando la CDPD. ¿No le podremos dar el alta si no firma un familiar?

Artículo 21

Los establecimientos de salud deben funcionar conforme a los objetivos y principios expuestos por esta ley y de acuerdo a las normas complementarias y aclaratorias que establezca la Autoridad de Aplicación”.

Artículo 22

Sustituye al 28

“ARTÍCULO 28.- Las internaciones de salud mental deben realizarse en hospitales generales, en hospitales especializados en psiquiatría y salud mental y en instituciones con internación especializadas en psiquiatría y salud mental, sean públicos o privados.

No solicita la adaptación de las salas de los hospitales generales a las condiciones necesarias de internación que era una de las cuestiones relevantes de cambiar en la 26657.

Deben incluir al menos dos dispositivos ambulatorios de inclusión comunitaria conforme al artículo 11 de la presente ley. Recordemos qué no aclara cómo deben ser los dispositivos así que tan solo tener un AT podría ser incorporado a ese punto.

El rechazo de la atención de pacientes, ya sea ambulatoria o en internación, por el solo hecho de tratarse de problemática de salud mental, será considerado acto discriminatorio en los términos de la Ley N° 23.592 y sus modificatorias”.

Esto último sigue y seguirá pasando y la discriminación de todo tipo nunca ha sido juzgada ni penalizada.

En términos generales el espíritu del nuevo proyecto de ley cancela lo referente a derechos adquiridos por los pacientes – usuarios – aquellos con padecimientos de salud mental, que podríamos ser cualquier ciudadano de este país. Además se apoya en conceptos anticuados previos a la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad del 2006 y tiene criterio internista.

Dr. Nicolás Salgado

Médico Especialista en Psiquiatría

@drsalgadonicolas

Publicado en Adicciones, Depresión, Diagnósticos, Leyes, Pacientes, política, Sociedad, Vínculos | Etiquetado , , , , , , , | Deja un comentario

Presentación al Senado proyecto de ley modificación leyes 26657 de Salud Mental y 26827 Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, así cómo artículos 41,42 y 59 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Publicado en Sociedad | Deja un comentario

Ley Nacional de Salud Mental 26657 y Reglamentación decreto 603-2013

Publicado en Sociedad | Deja un comentario

Urgencias en Salud Mental

Hay estados de salud que no ameritan pérdida de tiempo alguna. Que no se muestran con heridas físicas sino mentales, pero que requieren respuestas rápidas. Nosotros los médicos psiquiatras y todos aquellos profesionales que nos hacemos cargo de los casos complejos, lidiamos cotidianamente con estas situaciones que no las generamos nosotros, suceden, les suceden a las personas. A veces jóvenes, a veces niños, a veces personas mayores. Y para ello debemos de contar con la infraestructura necesaria a tal punto para actuar dentro de un protocolo de salud.

«Tengo que estar colgado del techo para que me vengan a buscar».

Aquellos que entraron en contacto con algún servicio de emergencias médicas saben de lo que hablo. Es muy difícil que consideren urgente una situación de salud mental aguda. Esta discusión de la «inminencia», palabra puesta por la ley 22657 es mal interpretada a propósito por los servicios y estados que no realizan ni quieren realizar la inversión necesaria, «porque no rinde», «porque no quiero que nadie se me tire del 5to piso», «porque molestan»,etc.

¿Es la solución cambiar la ley?

Lo que trae atrás el cambio de la ley de salud mental, como en muchas leyes, es que vuelva a haber un negocio donde lo hubo y no lo hay más. En parte es cierto que somos los psiquiatras los que podríamos estar dispuestos a invertir en espacios adecuados para nuestro trabajo, pero ¿lo haríamos bajo los nuevos preceptos de salud mental? Salvando excepciones, conocen algún sanatorio privado polivalente que haya hecho la inversión necesaria para adecuar una sala especializada a salud mental. Yo no. Tampoco conozco, salvo excepciones, que lo hayan hecho en el ámbito público. Ya existían algunos lugares especializados en hospitales generales como el Piñero o el Álvarez (Capital Federal), Castro Rendón (Neuquén), previos a la ley.

Ninguna estrategia de salud mental va a funcionar si no es pensada desde la salud pública como un todo, incluyendo ámbito privado, obras sociales y hospital público. Quizás ninguna estrategia de salud.

Tuve la oportunidad de recorrer la provincia de Río Negro donde vivo y encontrar la única sala de uno de los hospitales más grandes de la provincia con más pacientes internados de Salud Mental que de otras especialidades y otras que donde ingresar un paciente de Salud Mental es un suplicio. Salas no adecuadas a tal punto, pacientes con cuadros psicóticos graves al lado de personas que recién salieron de una cirugía traumatológica jugando con el yeso, asustando a los demás, personas inimputables en camillas en el pasillo, alcohólicos tomándose todo lo que encuentran, etc. No es por discriminación cultural que deben estar en lugares especializados, con personal especializado sino por discriminación técnica y bienestar de las personas. Necesitan aquellos que están internados, muchas veces con ansiedad elevada, espacios libres para caminar, reunirse, conversar con las visitas, con sus compañeros de internación y con las medidas de seguridad adecuadas porque no olvidemos que uno de los principales roles de la internación es la seguridad personal y/o de terceros. Además la internación tiene funciones terapéuticas para situaciones clínicas especiales. Más allá de ello, y lo digo siempre, la mayoría de los pacientes requieren dispositivos ambulatorios, son la prioridad y la internación una última instancia de tratamiento que nunca es agradable. Esto no alcanza para justificar un cambio rotundo y retrógrado de la ley.

La actual ley no impide que inviertan dinero, lo fomenta. No impide que se interne en dispositivos especializados (dentro de instituciones generales), no impide que se interne de forma involuntaria, salvo la Terapia Electroconvulsiva, necesaria en casos clínicos concretos y que sí está impedida, no impide tener un excelente sistema de salud mental, lo promueve a través de le exigencia de un 10% del porcentaje de salud en salud mental. Nunca, ningún gobierno, se ocupó de cumplirlo.

El actual proyecto nos convierte a los psiquiatras en escribanos. Si se quejaban de los valores de las consultas deberían acostumbrarse a pagar fortuna un psiquiatra. Pocos quieren estudiar esta especialidad por muchos motivos y ejercerla bien requiere mucho estudio y dedicación. A pesar de ello, y ni siquiera es la palabra pesar la correcta, no conviene esta reforma de ley a nadie, quizás otra pero esta no. Ni a los psiquiatras, ni a los demás profesionales de salud mental ni a los pacientes. Capaz le convenga a los dueños de clínicas, internistas de derecha, madres de cantantes, personas que discriminan culturalmente a las personas con problemáticas de salud mental, gobiernos que no quieren invertir y no les rinde la salud mental políticamente, privados que no quieren dar servicios que no les interesa por ningún lado.

Pocos cumplen con lo que no quieren cumplir, eso está pasando. Y en el medio nosotros personas. Porque en general los que no cumplen, no son personas de a pie, como dicen ahora. Son personas del poder, que no le pasa que no tengan donde internarse o hacer un tratamiento adecuado.

La propuesta siempre es gestionar el equilibrio. Como sociedad debemos de pedir eso. No pedir más internación, o más «bala», o más «presos». Es pedir más educación, formación profesional, ciencia, salud.. Le aseguro que con eso va a haber menos de todo lo malo. La urgencia se previene en la constancia. Tenemos que tener sistemas preparados a tal fin como lo vengo diciendo. Pero ahora todo es urgente y mal atendido porque lo que no podemos abarcar lo dejamos de lado, o lo discriminamos, lo mandamos al muere, al cadalso, a la hoguera o dónde manden uds lo que no desean.

Y nunca dejemos de hacerle saber, si por casualidad tenemos gente del poder que se olvida para lo que fue votado, lo que tienen que hacer para nosotros.

Publicado en Adicciones, Ansiedad, Crecimiento, Esquizofrenia, Sociedad, T. Bipolar, Trastorno límite, Urgencias | Deja un comentario

Afianzar la justicia, consolidar la paz interior…

Salud Mental en Argentina. Charla que di «Sostener la provincia sin perder la nación» en contexto de jornada sobre consumos problemáticos Río Negro, Arg.

Algunos científicos sociales emplean la palabra “reificación” (del latin res-cosa y facere-hacer sería convertir o transformar en cosa) para referirse al proceso mediante el cual los efectos de una determinada organización política del poder y de los recursos empiezan a parecer realidades objetivas e inevitables del mundo. La reificación cambia un problema político por otro científico o técnico. Así es, por ejemplo, como los efectos de los oligopolios tecnológicos no regulados se convierten en “adicción a las redes sociales” o problemas en el desarrollo infantil o como el impacto industrial y la polución causa una catástrofe climática a través de una “ola de calor permanente”. Es decir habla del impacto del capitalismo en la subjetividad humana.

En la medicina, los ejemplos de reificación son tan abundantes que los sociólogos han acuñado un término más específico: “medicalización”, o el proceso por el cual se enmarca algo como un problema principalmente médico. La medicalización altera los términos con los que intentamos averiguar la causa de un problema y qué se puede hacer para arreglarlo. A menudo, pone el foco en la persona como organismo biológico, en detrimento de la toma en consideración de factores sistémicos e infraestructurales.(1)

Yo me la paso de congreso en congreso escuchando poco y nada sobre el origen de nuestros problemas aparentemente médicos o de salud.

Se habla de ¿“epidemia”? de trastornos de la salud mental, como lo han llamado varias publicaciones, en vez de una crisis política que afecta a la salud y en particular a la salud mental.

Uno de los predictores más relevantes para la salud mental son los índices de estabilidad económica. Pero no solo tiene que ver con la cifra que aparezca en los estados bancarios sino también en la destrucción del tejido social.

Las soluciones eficaces a largo plazo para muchos problemas medicalizados requieren medios no tanto médicos, es decir, actos políticos.

En ocasiones cuando hablo con algún representante del poder público, le digo que cuando hacen una cloaca o cuando arreglan un camino, están llevando a cabo un acto de salud mental. Y no lo saben.

Yo quiero que entendamos a la salud mental como eje político único, por el que inclusive la gente vote y te elija.

Ahora, si vos en esa decisión política le creas un problema de salud o le empezás a reducir el acceso a la “salud servicio”, se torna más difícil para nosotros trabajar en pos de la salud. Estaríamos intentando «arreglar» lo que desarreglan o a lo lleva favorecer las tendencias humanas al desarreglo.

Pensemos en el Estrés como factor común detonante de la patología, sea de novo o como activación de una diátesis en la persona. Cuáles son los estresores crónicos principales de una persona en sociedad…

Podríamos discutirlo pero pongamos que son la Violencia (miedo, incertidumbre, preocupación) y la Falta de recursos básicos para la vida cotidiana, que podríamos pensarlo como violencia económica con algunos sectores como los jubilados o los discapacitados.

Las personas “se acostumbran”. A lo bueno y a lo malo. Adaptación le dicen..

Hay que dirigir, la salud mental. Necesitamos romper estructuras. Animarnos a salir del statu quo. Pensar con la cabeza de los 80’ pero en 2025. Sino, quedó en nostalgia. Tomar la creatividad y lo rebelde de esa década para buscar formas diferentes.

Mario Testa, diferencia aptitud crítica de actitud crítica sobre la base de un mismo pensamiento o posición política. Aptitud basada en el conocimiento y la argumentación. Actitud en la objeción automática de decir no sin sustento o por una pelea interna.

La transformación, se deshace fácilmente cuando la derecha avanza. La derecha está agazapada esperando que bajemos un poco los brazos para hacer bestialidades.

No se puede no pensar técnicamente pero hay que pensar políticamente al mismo tiempo

Hay soluciones coyunturales, propias de la especialidad y que debemos mejorar en su atención, pero otras que requieren de una coordinación de diferentes áreas sociales.

Entonces necesitamos readaptar el modelo. No sostenerlo con negación. Aceptar las fallas y mejorarlas sin perder la perspectiva política que tenemos en salud mental. Pero eso no se consigue cambiando las palabras nada más.

Casi obvio poner el foco en la prevención.

¿ESI o no ESI? Crearía la ESAM Educación en Salud Mental.

Las maestras no saben qué hacer. Cada vez que hablo con ellas están preocupadas y temen los riesgos legales de lo que pueden hacer los chicos en el aula. A veces nos piden custodia de alumnos más que Acompañantes terapéuticos.

Hoy ser maestra es ser psicóloga, nutricionista, policía..

Salud mental debe enseñar al resto a lidiar con esta sociedad. Somos los que ponemos la cabeza técnica.

Vaciemos las guardias!! Ese debe de ser el objetivo.

Y a los que nos corren con que “la salud mental” no garpa.. Cosa que es cierta. Con esto les ahorramos el problema.

Salud mental es todo eso. No es sólo un área dentro de un ministerio. Ni es comunitaria, si en la práctica no lo es. Ni tampoco es la exclusión de la psiquiatría como disciplina, indispensable en el juego de los tratamientos. Adoptémosla cómo se merece a la psiquiatría moderna, con perspectiva de ddhh, pero científica. Yo siempre digo, desde que vine a Río Negro interné menos pacientes que nunca. Pero no porque no haya cama, sino porque hay una riqueza social histórica, que debemos seguir cuidándo en esta trasformación política nacional y mundial, que nos hostiga.

Respecto a los consumos problemáticos.

Yo siempre les digo a los pacientes que consumen o que se están por convertir en adictos, que trasformar un problema secundario en primario es su modo de ocultar la verdad.

El consumo es eso. Es perder la fuerza para sostener la realidad. O es buscar en psicodélicos mundos mejores o buscar la fuerza de la cocaína un antidepresivo. Y les digo si fuese un buen antidepresivo sería el primero en dárselo. Pero no. Pretender que la gente no consuma o lograr un consumo Cero, es incrédulo. Sabemos que a muchos les gusta consumir, llegan a límites dónde ese cerebro ha sufrido mucho. Pero es tan maleable el cerebro, que a veces sorprende la mejoría cuando dejan.

Vieron que las creencias, se transforman en los mejores reemplazos de las drogas. Sabemos que quienes compran la idea de la religión les va mejor. Por eso creo que el delirio es la única idea más fuerte a todas, por sus características. Irreductible y sin errores. Hasta ganan elecciones.

Nosotros debemos crear una idea tan fuerte como la religiosa. Si bien Dios está en todas partes y es muy difícil de asemejar, podemos decir que en la esquina donde venden también tenés alguien con quien contar.

Hay que estudiar historia. La crisis del opio fue igual o peor.

“1 de cada 4 personas piden a la droga algo distinto de la manera acostumbrada de ver y pensar”Jean Luis Brau. Historia de las drogas.

opium facit dormire

quia est in eo

virtus dormitiva

Frase célebre de la obr “El enfermo imaginario” de Moliere, en la que el personaje Tomás Diafoirus, interpreta a un médico pedante que le da una explicación retórica sobre el uso del opio en el paciente ante su pregunta de qué le está dando y cómo funciona. (año 1673)

Es decir que ya desde los viejos tiempos el médico se aduce poderes a través del uso de las drogas que ni él sabe explicar. La diferencia con un buen médico es explicar los límites y los riesgos de los fármacos y los tratamientos.

Los que nos dedicamos a esto sabemos del Uso de la medicación como fuente paliativa de la angustia, miedo, dolor social. Compromiso médico de que todos los días estoy contribuyendo a mantener un sistema de funcionamiento socioeconómico-vincular que va en contra de la salud mental por ende salud física.

“La salud no es un embole” Pero hay que hacerla divertida, encomiable.

Cuando uno quiere cambiar al otro, lo que tenemos que hacer es cambiar uno mismo y así generar el posible cambio en el otro.

“No podemos transformar la salud mental solo a través del sistema sanitario” pero podemos hacer mucho.

Adoptemos la aptitud crítica en la salud mental para un cambio desde lo científico sin perder de vista lo político.

Nicolás Salgado

Autores citados:

  1. Danielle Carr es profesora adjunta en el Instituto para la Sociedad y la Genética de la Universidad de California en Los Ángeles. Danielle Carr es profesora adjunta del Instituto de Sociedad y Genética de la UCLA. Trabaja en una serie de proyectos sobre la política de la neurofisiología
  2. Mario Testa médico sanitarista Argentino trabajó mucho intelectualmente el tema de planificación y estructura de poder en el sector salud. Interventor y posterior decano de la Facultad de Medicina de la UBA en 1973, volvió a emigrar en 1976. Fue miembro fundador de la Asociación Latinoamericana de Medicina Social y de la Asociación Argentina de Medicina Social. Siempre involucrado con los diversos movimientos que luchan por una salud entendida como un deber del Estado y un derecho del pueblo; abogando por la creación de prácticas centradas en la creación de un servicio único en salud.

Publicado en Adicciones, Ansiedad, Crecimiento, Depresión, Esquizofrenia, Pacientes, política, Psicosis, Sociedad, Vínculos | Deja un comentario